Convenio Laborales - Contrato Relevo - Jubilación Parcial con 18 meses de antelación

 El Pleno de la Diputación del pasado viernes 5 de Mayo, previo acuerdo unánime en la Mesa de Negociación del 20 de Marzo, aprobó de forma definitiva la modificación del artículo 32 del Convenio de aplicación al personal laboral.




De esta forma, se aceptará la jubilación parcial con contrato de relevo del empleado que voluntariamente lo solicite cuando no le falten más de 18 meses para la jubilación ordinaria por cumplimiento de la edad.

La reducción de jornada no podrá ser superior al 50%.

El documento al completo clicando AQUÍ ABAJO

JUBILACION PARCIAL CON 18 MESES DE ANTELACIÓN y CONTRATO DE RELEVO


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